Background Image
Previous Page  6 / 61 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 6 / 61 Next Page
Page Background

5

Sí No X

Descripción de las restricciones

En los Estatutos sociales no hay ninguna restricción de estas características. Sin embargo el

artículo 36 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual (Ley 7/2010 de 31 de marzo)

establece determinadas restricciones a la participación en más de un prestador del servicio de

comunicación audiovisual dirigidas a garantizar el pluralismo en el Mercado Audiovisual

Televisivo.

A.11 Indique si la junta general ha acordado adoptar medidas de neutralización frente a una oferta

pública de adquisición en virtud de lo dispuesto en la Ley 6/2007.

Sí No X

En su caso, explique las medidas aprobadas y los términos en que se producirá la ineficiencia de

las restricciones:

A.12 Indique si la sociedad ha emitido valores que no se negocian en un mercado regulado

comunitario.

Sí X No

En su caso, indique las distintas clases de acciones y, para cada clase de acciones, los derechos y

obligaciones que confiera.

Las antiguas acciones B (1.181.296) no tenían derecho a dividendos con cargo a beneficios

generados durante los 24 meses siguientes a la inscripción en el Registro Mercantil de Madrid de

la fusión de Atresmedia Corporación y La Sexta con independencia de la fecha en que se

distribuyeran, es decir, los beneficios generados hasta el 31 de octubre de 2014. En esa fecha

todas las acciones se equipararon, siendo desde entonces todas las acciones ordinarias. El 20 de

noviembre de 2014 mediante hecho relevante nº 412360 se comunicó la adaptación de los

Estatutos sociales a esta equiparación así como la ejecución del acuerdo de solicitud de admisión

a negociación en los mercados de Bolsa españoles de las mencionadas acciones.

B

JUNTA GENERAL

B.1

Indique y, en su caso detalle, si existen diferencias con el régimen de mínimos previsto en la Ley

de Sociedades de Capital (LSC) respecto al quórum de constitución de la junta general.

Sí No X

% de quórum distinto al

establecido en art. 193 LSC

para supuestos generales

% de quórum distinto al establecido en

art. 194 LSC para los supuestos

especiales del art. 194 LSC

Quórum exigido

en 1ª

convocatoria

0

0

Quórum exigido

en 2ª

convocatoria

0

0

Descripción de las diferencias

B.2

Indique y, en su caso, detalle si existen diferencias con el régimen previsto en la Ley de

Sociedades de Capital (LSC) para la adopción de acuerdos sociales:

Sí No X

Describa en qué se diferencia del régimen previsto en la LSC.